Infracciones y demandas por daño ambiental
La ciudadanía se encuentra hoy mucho más informada en relación a las problemáticas ambientales que hace unos pocos años atrás. Del mismo modo, los tribunales ordinarios de justicia han ido uniformando criterios en cuanto a la protección del medio ambiente, haciéndose cada vez más estrictos.
La ley también se ha orientado hacia el resguardo ambiental y de los recursos naturales, lo que se ve reflejado en la creación de una serie de instituciones con clara competencia ambiental, con la supresión de la antigua CONAMA, reemplazada por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), enfocado más en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y con facultades normativas e interpretativas.
Se han establecido infracciones y sanciones más graves, se ha establecido la posibilidad de revisar extraordinariamente las resoluciones de calificación ambiental cuando exista una variación sustancial de las condiciones que permitieron aprobar un proyecto o actividad, se estableció la caducidad de estas resoluciones, se innovó con la posibilidad de realizar participación ciudadana en la declaraciones de impacto ambiental, se exige determinar la compatibilidad territorial del proyecto sometido a evaluación ambiental, entre otras muchas modificaciones normativas.
Del mismo modo se crearon tribunales especiales con procedimientos particulares, entre ellos, el procedimiento por daño ambiental, que persigue establecer judicialmente si existió este tipo de daño y la obligación de repararlo materialmente, de ser ello posible.
Finalmente, a partir del día 28 de diciembre de 2013 rige el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que recoge las modificaciones legales aludidas.